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Recursos de Educación Ambiental

III Catálogo de Buenas Practicas en Economía Circular

Documentación
Año
2022
Autoría
Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico
Formato
Pdf descargable
Idioma
Español
Edita
Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico
Temas
Consumo responsable y economía circular
Educación, comunicación y formación ambiental
Medio Ambiente y sostenibilidad social, económica y ambiental
ODS Relacionado
09. Industria, innovación e infraestructura
12. Producción y consumo responsables
16. Paz, justicia e instituciones sólidas

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La economía circular (EC, en adelante) es la confluencia de tres conceptos: economía, medio ambiente y sociedad. Para la transición de la economía lineal a la circular es necesario un cambio sistémico, donde no solo la cooperación interministerial e interterritorial será imprescindible, sino también una constante colaboración entre el sector público-privado, con el fin de apoyar y facilitar los flujos de información entre los investigadores, las administraciones públicas y el tejido empresarial e industrial, así como los agentes sociales y todo tipo de organizaciones y asociaciones comprometidas con el medio ambiente, el desarrollo y crecimiento sostenible, el reciclado y otros pilares sobre los que se sustentan los principios de la EC.

La EC aparece definida en el informe “Hacia una economía circular” de la Fundación Ellen MacArthur, entidad líder mundial en esta materia, como “aquella que es restaurativa y regenerativa a propósito, y que trata de que los productos, componentes y materias mantengan su utilidad y valor máximos en todo momento, distinguiendo entre ciclos técnicos y biológicos. Este nuevo modelo económico trata, en definitiva, de desvincular el desarrollo económico global del consumo de recursos finitos”.

En 2015, la Comisión Europea publicó en su Plan de Acción para la EC2 que: “La transición a una economía más circular, en la cual el valor de los productos, los materiales y los recursos se mantenga en la economía durante el mayor tiempo posible, y en la que se reduzca al mínimo la generación de residuos, constituye una contribución esencial a los esfuerzos de la UE encaminados a lograr una economía sostenible, hipocarbónica, eficiente en el uso de los recursos y competitiva”.

Si bien en el Plan de acción para la Economía Circular del año 2015 se establece una primera aproximación de los elementos que comprenden la economía circular, no es hasta la aprobación del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo 3, en el año 2020 cuando se concreta una definición legal de la EC a nivel de la Unión Europea4 que la define como: “un sistema económico en el que el valor de los productos, materiales y demás recursos de la economía dura el mayor tiempo posible, potenciando su uso eficiente en la producción y el consumo, reduciendo de este modo el impacto medioambiental de su uso, y reduciendo al mínimo los residuos y la liberación de sustancias peligrosas en todas las fases del ciclo de vida, en su caso mediante la aplicación de la jerarquía de residuos”.

En términos similares, la Estrategia Española de Economía Circular “España Circular 2030”5 (EEEC, en adelante), define el concepto de EC como: “aquella en la que el valor de los productos, los materiales y los recursos se mantienen en la economía durante el mayor tiempo posible, y en la que se reduce al mínimo la generación de residuos, lo que constituye una contribución esencial a los esfuerzos de la UE encaminados a lograr una economía sostenible, descarbonizada, eficiente en el uso de los recursos y competitiva”.

La última incorporación del concepto de economía circular la encontramos en la recientemente aprobada Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular6. En ella aparece la definición de EC en el artículo 2 como “sistema económico en el que el valor de los productos, materiales y demás recursos de la economía dura el mayor tiempo posible, potenciando su uso eficiente en la producción y el consumo, reduciendo de este modo el impacto medioambiental de su uso, y reduciendo al mínimo los residuos y la liberación de sustancias peligrosas en todas las fases del ciclo de vida, en su caso mediante la aplicación de la jerarquía de residuos” y comparte ciertos puntos con el concepto utilizado en la EEEC, lo que le confiere un carácter común a toda la normativa relacionada con EC a nivel nacional. Mediante esta inclusión se hace patente la importancia que ha ido adquiriendo la EC, puesto que es la primera vez que aparece esta definición en legislación a nivel nacional en España.

Estos elementos comunes en las definiciones son clave, puesto que reflejan hacia dónde deben ir encaminadas las actuaciones, directas o indirectas, que den cumplimiento al objetivo de facilitar la transición hacia una EC. Estas actuaciones serán las denominadas Buenas Prácticas en materia de Economía Circular (BPEC, en adelante). Y por ello, la recopilación e intercambio de información a través de las BPEC entre los diferentes actores implicados resulta una herramienta fundamental para impulsar la transición del modelo actual al modelo de EC.

Teniendo en cuenta las citadas premisas, en los años 2020 y 2021 se elaboraron el I  y II Catálogo de Buenas Prácticas en Economía Circular respectivamente, los cuales tuvieron una gran aceptación por parte de muy distintos sectores productivos, pues el I catálogo contó con un total de 279 propuestas de BPEC provenientes de 107 entidades y el II catálogo con un total de 164 propuestas de BPEC de 84 entidades, lo que demuestra el gran compromiso existente en España con la transición hacia una EC. Tras una exhaustiva valoración de todas las propuestas recibidas, finalmente se publicaron en torno a 40 BPEC que obtuvieron la mejor valoración de acuerdo con los criterios previamente establecidos en cada uno de los catálogos. Además, con la intención de lograr la mayor difusión posible, los catálogos se publicaron tanto en español como en inglés.

Tal fue el alcance de ese intercambio de información sobre BPEC que el primer Plan de Acción de Economía Circular 2021-20239 (en adelante, PAEC 2021-2023), desarrollado a partir de la EEEC incorporó, dentro de la línea de sensibilización y participación, la medida 6.1.5. Buenas Prácticas de Economía Circular (BPEC), donde se expone que el MITECO, en el marco de la colaboración público-privada, desarrollará el mencionado catálogo, adquiriendo así esta publicación aún mayor relevancia.

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